La Fundación Amigos del Patrimonio pone a tu disposición una Tarjeta llena de ventajas para disfrutar el Patrimonio Histórico de Castilla y León y además proporcionarte beneficios en acceso a museos  y ofertas turísticas.

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La Junta de Castilla y León ha convocado ayudas para los autónomos que se reincorporen a su actividad tras la finalización del estado de alarma-

En el siguiente enlace puedes encontrar toda la información precisa para solicitarlas: https://bit.ly/3kdAd5S

El próximo 12 de septiembre se celebra “La Noche del Patrimonio”.

Puedes encontrar más información pinchando en el siguiente enlace: https://lanochedelpatrimonio.com/

 

En las últimas semanas, desde diversas empresas de consultoría y otro tipo de entidades se está difundiendo la conveniencia o necesidad de contar con un distintivo “comercio seguro” o similar en los establecimientos del sector.  A este respecto,  y debido a las consultas y dudas que los empresarios del sector nos están haciendo llegar, significamos lo siguiente:

  1. Todos los comercios, al igual que cualquier otro tipo de empresa, han de cumplir con los requisitos establecidos por las autoridades sanitarias para ejercer su actividad.

Desde el principio de la crisis sanitaria aquellos establecimientos que han estado abiertos han cumplido escrupulosamente con las normas higiénico sanitarias dictadas por las autoridades pertinentes sin que sea obligatorio ni necesario el uso de distintivo alguno.

Tampoco se han detectado infracciones en esa materia por parte del sector comercio.

  1. Más allá de las Guías y protocolos de ayuda facilitados por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, no existe en la actualidad ninguna norma técnica de normalización o estandarización para verificar las obligaciones derivadas de la normativa que amparen el uso de “sellos comercio seguro” o similares. Tampoco existe ningún organismo ni autoridad española o europea que lo verifique.

Tampoco existe norma legal alguna que establezca la necesidad de contar con este tipo de distintivos.

  1. Reiterar que sólo son las autoridades sanitarias y de policía las únicas que velan porque esos requisitos se cumplan.

Por todo lo anterior estas iniciativas están siendo objeto de grandes reservas y debate por asociaciones y empresarios de sectores del comercio y hostelería a nivel regional y nacional. Y ello por los siguientes motivos:

Sobre el uso de sellos o distintivos “comercio seguro”

  • La denominación de por sí ya genera rechazo. La denominación: “seguro”, “seguridad”, puede implicar que exista algo que no lo sea. ¿Acaso tenemos “comercios seguros” y otros “no seguros”?
  • El comercio segoviano siempre ha cuidado y seguirá cuidando de sus clientes en materia de seguridad e higiene, es un sector profesional que se ha ganado la confianza de sus clientes durante años y seguirá haciéndolo, más allá de iniciativas confusas y estériles.
  • En Segovia ningún comercio abierto al público es sospechoso de no cumplir con la normativa establecida para su reapertura. Todos conocen y cumplen los protocolos establecidos legalmente.
  • Además, y al no ser ni mecanismos de certificación reconocidos oficialmente ni tampoco de excelencia comercial de ningún tipo, estas iniciativas pueden generar una discriminación gratuita, estigmatizando o señalando a las empresas que no lo posean.

Sobre el proceso de obtención/verificación de ese tipo de sellos/distintivos:

  • ¿Cómo se controla el cumplimiento de los requisitos?
  • ¿Quiénes lo hacen?
  • ¿Cuándo ha de renovarse?
  • ¿En base a qué normas se establecen esos requisitos?
  • ¿Los requisitos se actualizan a la vez que la normativa respecto de las fases de la desescalada?

Por lo anterior cabe concluir:

  1. La promoción indiscriminada e incontrolada de determinados sellos/distintivos “comercio seguro”, lejos de mejorar y asegurar la actividad comercial, pueden atentar contra la buena imagen y reputación del Sector.
  2. La ausencia de control sobre ese tipo de acreditaciones o de sellos/distintivos pueden generar sospechas infundadas sobre el cumplimiento de la normativa por parte del comercio.
  3. El mensaje que se está lanzando sobre el uso o exposición de ese tipo de sellos/distintivos puede llegar a generar desconfianza sobre aquellas empresas que, libremente y/o por no tener carácter obligatorio, no consideren oportuno obtener dicho sello.
  4. Desde la Agrupación de Comerciantes Segovianos consideramos totalmente desacertadas y carentes de sentido este tipo de iniciativas ya que provocan incertidumbre en el consumidor, discriminan negativamente a quienes deciden no usarlos y aumentan una innecesaria preocupación sobre un sector que depende en gran medida de la confianza de los consumidores.

Desde hoy 19 de mayo se pueden solicitar las ayudas dirigidas al sector comercio con motivo del covid-19.

 

OBJETO.

Las presentes subvenciones, con el fin de garantizar la pervivencia del sector comercial de la Comunidad de Castilla y León, tienen por objeto la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la digitalización de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad, a su adaptación ante la situación de emergencia derivada del COVID-19 y a garantizar el abastecimiento de productos de carácter cotidiano en su medio rural, de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases y en la presente convocatoria.

A los efectos de las presentes subvenciones se entiende por abastecimiento de productos de carácter cotidiano la venta de alimentación, droguería y perfumería.

DESDE MAÑANA 20 DE MAYO SE PODRÁN SOLICITAR AYUDAS PARA ADQUISICIÓN DE EPIS.

OBJETO.

LA FINANCIACIÓN DE ACCIONES DESTINADAS DE UNA PARTE, A LA ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL FRENTE A RIESGOS BIOLÓGICOS, ASISTENCIA EXTERNA PARA LABORES DE DESINFECCIÓN DE LOS EQUIPOS, INSTALACIONES Y PERSONAS, EXCLUSIVAMENTE EN RESPUESTA A LA SITUACIÓN DE CONTINGENCIA, Y LA ASISTENCIA DE UN SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO PARA LA EVALUACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE PUEDAN SER POBLACIÓN DE RIESGO FRENTE AL COVID-19

La Agrupación de Comerciantes Segovianos (ACS) quiere mostrar su sorpresa e indignación por la obligación de pago de las cotizaciones de los trabajadores que estén en situación de ERTE y por el hecho de que la empresa no pueda recuperar debido a la falta de actividad normal, según la última regulación publicada en esta materia.

A juicio de la Agrupación, la prolongación los ERTEs más allá de la vigencia del estado de alarma encierra un cambio en las reglas del juego que perjudica a las empresas del sector Comercio que no puedan recuperar a todos sus trabajadores debido a la falta de actividad motivada por la escasa afluencia de consumidores a sus establecimientos.

El decreto 8/2020 contemplaba la exención del 100% de las cotizaciones de aquellos trabajadores a quienes sus empresas hubieran tenido que aplicar un ERTE, mientras estuviera vigente el estado de alarma.

El pasado miércoles un nuevo decreto modificó el anterior y limitó la exención a los meses de marzo y abril, suprimiendo además la exención del 100% de los trabajadores que se encontraran en ERTE para aquellas empresas que ya pudieran retomar su actividad.

La mayoría de los comercios que tuvieron que cerrar por imperativo legal derivado de la declaración del estado de alarma ya pueden retomar su actividad, de manera muy limitada, en la Fase 0 según la Orden de 3 de mayo.

Sin embargo, las limitaciones en este inicio de actividad imposibilitan el funcionamiento al cien por cien del establecimiento, y por ello condiciona la necesidad de recuperar a todos los trabajadores que la empresa tenía en ERTE.

Lo establecido por este cambio de normativa implica un perjuicio manifiesto al comercio y contribuye a agravar la situación por la que atraviesa.

El sector se siente abandonado y por tanto solicita que se modifique la normativa y que la exención respecto de las cotizaciones de los trabajadores en ERTE sigan alcanzando el 100%.